1x1

CDEEE admite no tiene documentos legales de terrenos donde construyen plantas a carbón

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) admitió este martes ante el Tribunal Superior Administrativo que carece de documentos legales que avalen el uso de los terrenos donde construye, desde hace más de un año, dos plantas de carbón mineral en Punta Catalina, Provincia Peravia.
En el conocimiento del recurso de amparo incoado por el Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático (CNLCC) ante el Tribunal Superior Administrativo para que éste le ordene al vicepresidente ejecutivo de la CDEEE Rubén Jiménez Bichara y a esa compañía la entrega inmediata de los documentos que avalen el uso de los terrenos donde esta entidad construye las plantas de carbón mineral en Punta Catalina, los abogados de la CDEEE dijeron al tribunal, tanto por escrito como de manera verbal, que no podían entregar estos documentos porque no existían.
Explicaron que la CDEEE, amparada en la declaratoria de emergencia nacional del sistema eléctrico nacional por la Presidencia de la República, había iniciado la construcción de la obra sin contar con ningún acuerdo con los propietarios de estos terrenos y por tanto sin los títulos de propiedad de los mismos, sin un acto de venta y sin un acuerdo de arrendamiento.
Sin embargo, indicaron que el gobierno podría declarar estos terrenos de utilidad pública en caso de que fuera necesario y no se produjera un acuerdo con los propietarios de los mismos que es el Grupo Vicini.
El abogado que representa al Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático (CNLCC), Darío Coronado, manifestó ante el tribunal que la CDEEE había violado la ley, porque antes de irrumpir en esos terrenos ajenos e iniciar la construcción de estas plantas, debió de proceder a obtener la declaratoria de utilidad pública los mismos y pagar su valor a sus legítimos propietarios.
Coronado se opuso al pedimento de los abogados de la CDEEE de que el tribunal declarara inadmisible el recurso del CNLCC por carecer de objeto, y por el contrario solicitó al tribunal que admitiera el recurso aunque no pudiera ser satisfecho a causa de la violación de la ley por parte de esta empresa.
El tribunal colegiado determinó que en los próximos días depositará vía secretaria la sentencia del presente caso.

Lo Más Visto