SANTO DOMINGO, República Dominicana.- A continuación
presentamos el objetivo de la modificación número 39 a la Constitución de la
República:
El artículo dos de la presente reforma tiene por objeto:
- a) Permitir que el Presidente de la República pueda optar por un segundo y único período constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo.
- b) Establecer un artículo transitorio que consigne que en el caso eventual de que el Presidente de la República actual, correspondiente al período 2012-2016, sea candidato presidencial para el período 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período y a ningún otro.